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¿Quién se queda la casa en un divorcio en Málaga? Hipoteca, uso y liquidación [Guía 2026]

Guía jurídica completa: atribución del uso de la vivienda según custodia, quién paga la hipoteca y los suministros, nueva pareja en el hogar y cómo liquidar el inmueble en Málaga.

JM Abogado · Director 9 min de lectura
¿Quién se queda la casa en un divorcio en Málaga? Hipoteca, uso y liquidación [Guía 2026]

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Sobre el autor

Juan Manuel Mateos Fernández

Abogado y director del despacho Mateos Abogados en Málaga, con más de 25 años de experiencia en derecho de familia y sucesiones: divorcios, custodia, pensión de alimentos y herencias. Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga (n.º 3565).

Sobre este artículo

Contenido informativo elaborado por el equipo de Mateos Abogados bajo la supervisión de su abogado titular. La legislación y la jurisprudencia cambian y cada caso es distinto, por lo que este texto no sustituye al asesoramiento jurídico personalizado. Última revisión: octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más comunes

En custodia compartida el uso no es automático ni vitalicio. Los juzgados de Málaga suelen acordar el uso temporal para el progenitor con menores ingresos para que pueda estabilizar su situación económica (1 a 3 años), o bien incentivar la venta o liquidación del inmueble para que ambos rehagan su vida.
Sí. Una vez que la sentencia o auto de medidas judiciales te atribuye formalmente el uso exclusivo de la vivienda familiar, tienes derecho a la inviolabilidad del domicilio, y el otro cónyuge no puede entrar sin tu consentimiento expreso, pudiendo cambiar la cerradura legítimamente.
Ante el banco, ambos titulares responden del 100 % de la deuda. Entre los cónyuges, la cuota de amortización de la hipoteca es una carga de la propiedad que debe sufragarse al 50 % por cada copropietario (o según su cuota de participación), independientemente de quién viva en la casa.
Según la Sentencia 641/2018 del Tribunal Supremo, la convivencia estable con una nueva pareja extingue el carácter familiar del inmueble. Puedes presentar una demanda de modificación de medidas para extinguir el derecho de uso y exigir la venta o liquidación de la vivienda.
Si uno de los cónyuges se adjudica la vivienda y compensa al otro, la operación no tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP al 7 %), sino por Actos Jurídicos Documentados (AJD), que en Andalucía cuenta con tipos reducidos o exenciones fiscales si se formaliza dentro del convenio regulador judicial o notarial.
Es el sistema donde los hijos permanecen fijos en la casa y los padres rotan por semanas. Aunque teóricamente protege a los menores, en la práctica los juzgados de Málaga la desaconsejan porque triplica los costes residenciales y suele provocar gravísimos conflictos de convivencia, limpieza e intimidad.
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