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Viajar con niños al extranjero en caso de divorcio

Se puede esgrimir para su revocación por el progenitor afectado, que no existe razón para mantener esta prohibición, dado que no se ha producido ninguna situación de riesgo de sustracción del menor, lo que evidencia su innecesariedad.

+ Si hay una prohibición de salida por riesgo de sustracción se necesita consentimiento de ambos progenitores, o en su caso autorización judicial.

+ si no hay prohibición de salida no será necesario el consentimiento o autorización el otro progenitor si bien deberá estar puntualmente informado de todos los detalles del viaje.

En cualquier caso si viajas a un lugar en el que necesitas pasaporte, tienes que tener en cuenta que para la expedición del mismo en caso de menores, es necesaria la autorización del otro progenitor.

Muy importante, que el menor esté integrado en la zona, para que no se mantengan los indicios de riesgo ds sustracción del menor.

La restricción de un derecho tan fundamental como es la libertad de movimientos debe efectuarse únicamente por una causa suficientemente justificada, y el simple hecho de que la madre no sea española, no lo es.

Si la madre tiene establecida su residencia de forma permanente en España y además es nacional de un país , que ha suscrito el Convenio Europeo de 25 de octubre de 1980 de sustracción internacional de menores ( como pueda ser a título de ejemplo Lituania, Marruecos, Ucrania).

Por otra parte debe valorarse el derecho del menor a relacionarse con su familia extensa materna, que queda restringido sin causa alguna.

A efectos de tranquilizar al padre, bastará con que la madre comunique por el canal habitual su intención de salir y regresar con el menor en unas fechas determinadas con indicación del medio de transporte que haya de utilizar, información por otra parte debida, dado el ejercicio común de la potestad parental.